
Todo lo que necesitas saber (y hacer) para seguir operando en Italia sin sorpresas desagradables
Navegar por el complejo mundo de la normativa fiscal internacional puede parecer un auténtico laberinto, especialmente cuando tu empresa se expande a nuevos territorios. Si eres un operador extracomunitario (fuera de la UE/EEE) y deseas operar en el mercado italiano a través de un representante fiscal en Italia, hay una novedad fundamental que no puedes ignorar: la Garantía VIES.
No se trata de un simple trámite, sino de un requisito clave introducido para reforzar la lucha contra el fraude del IVA transfronterizo y garantizar la transparencia en las operaciones. Puede parecer un obstáculo, pero con la información adecuada y el soporte correcto, se convierte en un paso sencillo en tu camino hacia el éxito en Italia.
Pero ¿qué significa exactamente la Garantía VIES? ¿Quién está obligado a presentarla? ¿Y cuáles son los pasos para cumplir con la normativa y evitar ser excluido automáticamente del registro VIES?
En esta guía completa, te acompañamos paso a paso a través de todos los detalles. Te damos todas las respuestas, con un lenguaje claro y práctico, para que cada duda se convierta en certeza.
¿Qué es la garantía VIES y por qué es obligatoria?
A partir del 14 de abril de 2025, la Agencia Tributaria italiana ha impuesto una nueva obligación a todos los sujetos no residentes en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo (EEE) que deseen operar en Italia a través de un representante fiscal en el país.
Para poder estar (o permanecer) inscritos en la base de datos VIES, estos operadores deben presentar una garantía financiera: una fianza bancaria o un depósito de al menos 50.000 euros, con una duración mínima de 36 meses.
El objetivo de esta medida, introducida por el Decreto Legislativo 13/2024 (que modifica el artículo 35, apartado 7-quater, del DPR 633/1972) y regulada por la Disposición n. 178713/2025 de la Agencia Tributaria, es claro: prevenir el fraude del IVA relacionado con el llamado carrusel intracomunitario, un mecanismo en el que el IVA nunca se llega a pagar realmente.
Con esta nueva disposición, Italia protege su sistema fiscal… pero exige a los operadores extracomunitarios que demuestren de forma concreta su solidez económica, garantizando así la regularidad de sus operaciones.
¿Quién debe presentar la garantía VIES?
La norma se aplica de forma específica a dos categorías de operadores:
- Todos los sujetos no pertenecientes a la UE o al EEE que deseen operar en Italia mediante un representante fiscal en el país.
- También aquellos que ya estaban inscritos en el VIES antes del 14 de abril de 2025 deben cumplir obligatoriamente con este requisito.
Por lo tanto, esta garantía es crucial tanto para quienes ya están activos como para quienes están a punto de ingresar al mercado italiano
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Requisitos mínimos de la fianza VIES
La garantía, para ser aceptada por la Agencia Tributaria italiana (Agenzia delle Entrate), debe cumplir con criterios precisos e inapelables.
Formas permitidas:
- Póliza de fianza emitida por una compañía de seguros o por un banco, conforme a lo establecido por la ley n. 348/1982.
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Depósito en títulos del Estado o garantizados por el Estado italiano, evaluados por su valor nominal.
Requisitos obligatorios, independientemente de la forma elegida:
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Importe mínimo: 50.000 €. Esta es la garantía mínima exigida y no es negociable.
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Duración mínima: 36 meses desde la fecha de entrega a la Dirección Provincial competente.
Titular: Director pro tempore de la Dirección Provincial de la Agencia Tributaria competente para el domicilio fiscal del representante fiscal.
Cuándo y cómo se presenta la garantía
El procedimiento para presentar la garantía cambia según seas un nuevo operador o una empresa ya en actividad.
Si AÚN no tienes número de IVA (Partita IVA):
Debes presentar la fianza al mismo tiempo que solicitas el inicio de la actividad y la inscripción al VIES.
Sin la garantía, tu solicitud al VIES será rechazada.
Si ya tienes Partita IVA:
Debes depositar la fianza ANTES de solicitar la inscripción al VIES.
Si ya estabas inscrito en el VIES al 14 de abril de 2025, el plazo final para presentar la garantía fue el 13 de junio de 2025.
Modo de entrega:
La documentación se entrega físicamente en la Dirección Provincial de la Agencia Tributaria.
No se permite el envío telemático, lo que subraya la importancia de un control directo e inmediato..
¿Qué pasa si no presentas la garantía?
No presentar la Garantía VIES tiene consecuencias graves y directas sobre tu actividad en Italia.
Si ya estás inscrito en el VIES y no presentaste la fianza antes del 13 de junio de 2025:
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Recibirás una notificación (por PEC o carta certificada) de la Agencia Tributaria señalando la irregularidad.
- Tendrás otros 60 días para cumplir con la obligación.
Si no lo haces, serás automáticamente excluido del VIES.
¿Y qué ocurre si te excluyen del VIES?
- Ya no podrás operar bajo el régimen de exención de IVA intracomunitario.
- Tus facturas estarán sujetas al IVA italiano, incluso en operaciones con otros países de la UE.
- Tendrás problemas fiscales y contables con tus socios comunitarios, que podrían recibir facturas inesperadas con IVA.
- Sufrirás una pérdida de credibilidad comercial que podría dañar seriamente tus relaciones y capacidad de operar en el mercado italiano.
En resumen:
La falta de conformidad no es solo una sanción, sino un grave obstáculo operativo y reputacional.
Caso práctico: empresa extracomunitaria que quiere operar en Italia
Para entender mejor, veamos un ejemplo concreto.
Ejemplo:
Una empresa con sede en Shanghái quiere vender sus productos en Italia utilizando un representante fiscal italiano.
Para poder operar en régimen de exención de IVA intracomunitario e inscribirse al VIES, debe:
- Solicitar una fianza o garantía de al menos 50.000 €, válida por mínimo 36 meses.
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A nombre del Director pro tempore de la Dirección Provincial competente de la Agencia Tributaria.
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Entregarla físicamente a dicha oficina para su verificación.
Solo tras una verificación positiva, la empresa podrá ser inscrita en el VIES.
¿Sin fianza?
No hay VIES = no hay operaciones con IVA 0%.
La empresa china no podrá beneficiarse de los regímenes fiscales favorables de la UE.
Cómo obtener la fianza para la garantía VIES de forma rápida
Sabemos que la burocracia puede ser un dolor de cabeza, sobre todo si operas desde fuera de Europa.
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Póliza conforme a la normativa: Nuestras garantías cumplen con el Acto n. 178713/2025 y la ley 348/1982.
Cero riesgo de rechazo: Con más de 20 años de experiencia, gestionamos todo con profesionalidad.
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FAQ – Preguntas frecuentes sobre la Garantía VIES
Ecco le risposte rapide alle domande più comuni sulla Garanzia VIES:
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