05 febrero 2026

Audiencia del TAR de Lacio: Nuevas Normas del IVA para Empresas No Comunitarias

Udienza del TAR Lazio sulle regole VIES per le società extra UE e sull’obbligo di fideiussione fiscale
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Un importante procedimiento administrativo reciente en Roma ha examinado el impacto de las nuevas normas fiscales italianas en las empresas internacionales. El Tribunal Administrativo Regional de Lacio celebró el 28 de enero de 2026 una audiencia para evaluar la normativa introducida por el Ministerio de Economía y Finanzas italiano relativa a la inscripción en el IVA de empresas extranjeras.

Contexto Regulatorio Actual

Conforme a las modificaciones legislativas recientes, las sociedades no europeas que desarrollan actividades en Italia están obligadas a designar un representante fiscal local e inscribirse en el Sistema de Intercambio de Información del IVA (VIES). La normativa actualizada exige ahora que estas empresas aporten una garantía financiera sustancial —normalmente una fianza bancaria de 50.000 euros con validez trienal— como requisito previo para obtener la inscripción en el registro del IVA.

Procedimiento Contencioso-Administrativo

Varias empresas con sede en Asia, principalmente de origen chino, han impugnado estos requisitos mediante los canales jurídicos establecidos. Su recurso se presentó tras la denegación inicial por parte de las autoridades administrativas y el subsiguiente examen del Consejo de Estado italiano, que reconoció la complejidad jurídica de las cuestiones planteadas.

Cuestión Procesal Preliminar

El tribunal abordó inicialmente la cuestión del cumplimiento de los plazos de interposición del recurso. El procedimiento administrativo ordinario establece un plazo de 60 días para la impugnación, aunque existen excepciones que amplían este período hasta 150 días para las partes internacionales, debido a las complejidades transfronterizas.

Los representantes de la administración sostuvieron que las empresas con representantes fiscales en territorio italiano deben sujetarse a los plazos de presentación aplicables a las entidades nacionales.

Los recurrentes rebatieron esta posición, argumentando que sus procesos internos de decisión y los requisitos documentales siguen sujetos a dilaciones internacionales que justifican la ampliación de los plazos.

Núcleo del Debate Jurídico

Si el tribunal admite el recurso, procederá a evaluar si los requisitos de garantía financiera constituyen una carga administrativa desproporcionada.

Las empresas recurridas mantienen que las plataformas modernas de comercio electrónico ya proporcionan suficientes mecanismos de control del IVA, haciendo innecesarias garantías adicionales para operadores de bajo riesgo fiscal.

Vigencia de la Normativa

En espera de la resolución judicial, la normativa contestada mantiene plena vigencia y efectividad. Las empresas internacionales deben continuar cumpliendo todos los requisitos actualmente en vigor, incluyendo las disposiciones sobre garantías financieras.

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Próximas Etapas Procesales

Se prevé que la decisión del tribunal, que podría producirse en un plazo de seis meses, establezca precedentes significativos en tres ámbitos clave:

  1. El tratamiento procesal de las empresas con estructuración internacional
  2. La interpretación de los plazos administrativos de presentación
  3. El análisis de proporcionalidad de los requisitos regulatorios

Implicaciones de Mayor Alcance

Este procedimiento representa un examen crítico sobre cómo las administraciones tributarias nacionales equilibran el control regulatorio con la facilitación del comercio internacional en economías cada vez más digitalizadas, configurando un precedente relevante para futuros casos análogos en el espacio jurídico europeo.

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